En España hay más de 3.2 millones de autónomos, una masa realmente importante de trabajadores que, en muchos casos, son los menos protegidos ante imprevistos, tambaleos económicas e inesperadas crisis como la que ahora estamos viviendo.
Desde la promulgación del Estado de Alarma el pasado 14 de marzo el Gobierno ha ido aprobando diferentes medidas económicas y fiscales para minimizar el impacto de este parón empresarial en los diferentes sectores, colectivos y agentes económicos del país,
Si eres autónomo, estas cuatro medidas te interesan:
1. Real Decreto 11/2020 – Medidas de apoyo a autónomos, PYME y vulnerables, tales como suspensión de actividad, ayudas de alquiler, moratoria hipotecaria, bono social y pago de suministros básicos.
2. Instrucciones para el aplazamientos de impuestos sin intereses para todo el que lo solicite, válidas para autónomos y sin intereses de demora en los tres primeros meses.
3. Nuevo tramo de línea de avales ICO (10 abril) – Real Decreto 8/2020: 20.000 millones de euros más en crédito para PYMEs y autónomos avalados en un 80% por el Estado.
4. Real Decreto 15/2020 – Medidas para sufragar gastos de alquileres comerciales, prolongación de teletrabajo y extensión/pago fraccionado de impuestos.
Y como os hemos estado escuchando estos días, os respondemos brevemente a las dudas más frecuentes que hemos recibido:
¿Puedo solicitar alguna ayuda si soy autónomo? Sí, siempre que tu facturación se haya visto reducida en un 75% o más respecto al mes anterior. Artículo 17 del RD8/2020.
¿Siendo autónomo puedo hacer un ERTE sobre mi personal contratado? Sí, puedes hacer un ERTE sobre el personal contratado y tú puedes solicitar una prestación por reducción de facturación.
¿Puedo seguir trabajando si he solicitado la prestación por reducir la facturación en un 75% o más? Sí, puedes mantener una actividad residual que no supere esos umbrales, aunque recibas una prestación pública.